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Articulos en la categoria: Noticias 2021

Nota de Prensa: La Junta de Andalucía se equivoca. Los perros de rehala no son mascotas.

en Miércoles, 12 Mayo 2021. publicada en Noticias 2021

Sevilla, 7 de mayo 2021.

Nota de Prensa: La Junta de Andalucía se equivoca. Los perros de rehala no son mascotas.

Sorpresa desagradable es el mejor calificativo para definir la reacción que ha producido el anteproyecto que ha aprobado el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para sustituir su Ley de Protección Animal de 2003. Tras esta primera reacción, las principales entidades representativas del perro de caza en esta comunidad, con la Federación Andaluza de Caza a la cabeza, la Federación Andaluza de Galgos y la Asociación Española de Rehalas, hemos hecho un frente común, ante lo que calificamos una condena a muerte al perro de caza en Andalucía.

Medidas como la castración obligatoria, la prohibición de reproducción o someter a los perros de caza al mismo régimen de vida que a una mascota, carecerían de sentido si no fuese porque, detrás de este borrador, se atisba la sombra del animalismo, ese movimiento radical que pretende acabar con la Caza privándole de su medio auxiliar más preciado.

¿Es posible que un gobierno andaluz compuesto por partidos comprometidos con el Mundo Rural cometa esta barbarie?

Según la propia definición legal, el perro de caza, en general, y el perro de rehala, en particular, no son animales de compañía porque no son tenidos con el fin exclusivo de dar compañía a su dueño. Esta compañía es una finalidad muy necesaria y en fase creciente en nuestra sociedad, que es lógico regular. Por esta razón, animales tenidos con tan diferente finalidad, no pueden tener el mismo régimen de vida, ni ser iguales las normas que lo regulan.

Trabajaremos codo con codo con la FAC, la FAG y toda aquella entidad que quiera ayudar, en defensa del perro de caza en Andalucía, para que se le reconozca una categoría propia como animal auxiliar, incluso haciendo frente, si llegara el extremo, a aquellos a quienes votamos porque se comprometieron públicamente en sus programas electorales en defender a la caza en esta privilegiada tierra y ahora faltarían a su palabra, si permiten dar vida a este monstruo.

El sector cinegético mantiene un gran porcentaje de los perros en Andalucía y, además le ha regalado a esta tierra varias de sus razas autóctonas más valiosas, como el podenco andaluz o el paternino de Huelva, que son producto de la selección de los cazadores. Este Gobierno tiene la obligación legal de fomentar su cría y no condenarlas a la desaparición, como lo están haciendo. ¿Es ésta la forma de agradecerlo?

¿Y en qué medida esta Ley fomenta la Rehala, declarada como BIC por este Gobierno, que ahora pretende impedir que se puedan criar perros destinados a esta actividad?

¿Quién es responsable de este texto? ¿Qué compromiso político tiene el Gobierno de la Junta de Andalucía con el animalismo? Los cazadores, muchos de los cuales le hemos votado, tenemos derecho a saber las respuestas a estas cuestiones.

Sr. Moreno Bonilla, revise bien esta norma porque se está equivocando o se la están colando y el tiempo nos dará la razón. Cuente con los que criamos los perros de caza para conocer la verdad de su bienestar y regularlo de forma racional y proporcionada. Cazar es una actividad legal, deportiva, de raíces culturales que, además, genera miles de puestos de trabajo y riqueza en Andalucía, pero sin perros no habrá Caza y el precio que vamos a tener que pagar por la destrucción de tanta riqueza va a ser muy alto, se lo aseguro.


Alfonso Aguado Puig.

Presidente Asociación Española de Rehalas.


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Nota de Prensa: Borrador Reglamento de Caza en Castilla-La Mancha: Una norma manifiestamente mejorable.

en Miércoles, 12 Mayo 2021. publicada en Noticias 2021

Cuenca, 6 de mayo de 2021.

Nota de Prensa: Ayuntamientos de Andalucía. Los datos de las rehalas no son públicos.

Así lo hemos calificado en las alegaciones presentadas en el periodo de información pública al que ha estado sometido esta norma.

En la misma línea de descontento que ya han manifestado otras entidades del sector cinegético, el borrador sometido a exposición, deja mucho que desear y esperamos sea reformado con el consenso del sector.

En lo que se refiere a las rehalas, la A.E.R. ha solicitado que la legislación castellano manchega sea coherente con las de las comunidades autónomas colindantes, y no se convierta en un auténtico "parche". Entre nuestras aportaciones, además, proponemos que se incluya en el reglamento una definición legal de los que se considera rehala o recova, para dotar de mayor seguridad jurídica a nuestro colectivo, como ya ha sido recogido en otras legislaciones cinegéticas.

Ofrecemos toda nuestra colaboración y experiencia a la Administración y al sector, en la mejora de una norma, esencial, para el desarrollo de la actividad cinegética, de la que la rehala es parte esencial en esta Comunidad.


Carlos Escribano Oviedo.

Delegado de la A.E.R. en Castilla-La Mancha.


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Nota de Prensa: Ayuntamientos de Andalucía. Los datos de las rehalas no son públicos.

en Miércoles, 12 Mayo 2021. publicada en Noticias 2021

Sevilla, 21 de abril de 2021.

Nota de Prensa: Ayuntamientos de Andalucía. Los datos de las rehalas no son públicos.

Ante la llegada a diversas entidades locales, de solicitudes de información de las rehalas existentes en el municipio, consultados los textos legales de aplicación, esta Asociación tiene a bien informar que:

1º. La rehala está declarada bien de interés cultural de carácter etnológico o inmaterial, lo que quiere decir que el objeto es la actividad en sí y no cada rehala individualmente considerada. Las perreras en las que se alberga cada rehala en Andalucía no están catalogadas y por tanto, no les afecta el régimen establecido en la ley de patrimonio.

En consecuencia, ningún derecho de visita o de información sobre las rehalas, puede tener como base esta norma.

2º. La Ley de Transparencia de Andalucía 1/2014, en su artículo 1, dice que tiene como objeto facilitar el conocimiento por la ciudadanía de la actividad de los poderes públicos y de las entidades con financiación pública, entre los cuales no se encuentran los datos de los administrados, que están amparados por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/99.

Por tanto, al amparo de esta norma tampoco se puede obtener ningún dato personal de los rehaleros, ni sus instalaciones, por terceros.

3º.- En los casos en que se lesionen los derechos individuales de nuestros asociados, como consecuencia de la vulneración de las normas citadas, la Asociación Española de Rehalas, pondrá a su disposición los recursos jurídicos necesarios para la defensa de sus intereses y la reclamación de responsabilidades a que pudiera haber lugar.


Alfonso Aguado Puig.

Presidente Asociación Española de Rehalas.


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